Abogado Penal en Marbella
Asistencia inmediata, defensa firme y comunicación clara en cada paso
En Valentuñana Abogados te defendemos desde el primer minuto: asistencia al detenido, juicios rápidos, delitos leves y graves, órdenes de alejamiento y recursos. Actuamos con rapidez, estrategia y absoluta confidencialidad ante juzgados y comisarías de Marbella y Costa del Sol, informándote de cada hito para que tomes decisiones con seguridad.
Quienes somos — Abogados Penales en Marbella
Experiencia, estrategia y trato cercano en Derecho Civil en Marbella
Somos Valentuñana Abogados, un equipo especializado en Derecho Penal en Marbella. Te asistimos desde el primer momento —comisaría, juzgado de guardia o juzgado de instrucción— para proteger tus derechos: asistencia al detenido, juicios rápidos, delitos leves y graves, medidas cautelares (fianzas, órdenes de alejamiento), recursos y ejecución de sentencias.
Juan Carlos Ramirez Balboteo
Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga (ICA Málaga).
Distinguido por el ICA Málaga por más de 25 años de ejercicio profesional.
Especialista en Derecho Contencioso-Administrativo.
Experto en Derecho Societario.
Diego Jiménez Balboteo
Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga (ICA Málaga).
Distinguido por el ICA Málaga por más de 25 años de ejercicio profesional.
Especialista en Derecho Civil, Sucesiones y Donaciones. Experto en Derecho Penal.
Nicolás Navarro Ramírez
Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga (ICA Málaga).
Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas
Orientador Jurídico del ICA Málaga.
Titulado por la Universidad de Cambridge en International Legal English.
Experto en Derecho de Familia.
Especialista en Violencia de Género y Derecho Penal.
José M. Vázquez Rodríguez
Abogado I.C.A. de Málaga. Coleg. nº 2.604, con 33 años de experiencia.
Penalista. Experto universitario en derecho penal (UNIA). Socio de la Unión Española de Abogados Penalistas (UEAP). Experto en derecho matrimonial, miembro nº 1.327 de la AEAFA (asociación española y europea de abogados de familia).
Nuestros servicios como abogado penal en marbella
Asistencia inmediata, estrategia probatoria y recursos eficaces
Abogados penales en Marbella para investigados y víctimas
Te defendemos… y también te protegemos
En Valentuñana Abogados actuamos en ambos lados del proceso penal. Si te investigan o detienen, te asistimos desde el minuto uno. Si has sufrido un delito, ejercemos la acusación particular para que se investigue, se repare el daño y haya condena cuando corresponda.
Estoy investigado / detenido
- Asistencia inmediata en comisaría y juzgado de guardia (declaración y derechos).
- Análisis de diligencias, estrategia probatoria y preparación de la declaración.
- Solicitud de libertad provisional/medidas menos gravosas.
- Negociación de conformidades cuando conviene; defensa firme en juicio.
- Recursos contra autos y sentencias; comunicación constante contigo y tu familia.
Soy víctima del delito (acusación particular)
- Redacción y presentación de denuncia/querella con petición de diligencias.
- Solicitud de órdenes de protección y medidas cautelares (alejamiento, comunicación).
- Reclamación de indemnización por daños y perjuicios (físicos, morales y materiales).
- Acompañamiento en todo el proceso: prueba pericial, testificales y juicio.
- Ejecución de sentencia para que se cumpla la condena y se cobre la indemnización.
Nuestras reseñas en google
Nuestros clientes opinan de nosotros
Conoce qué dicen quienes ya confian en Valentuñana Abogados. Nuestras reseñas en Google reflejan trato cercano, claridad en cada paso y resultados reales.
Publicado en Pablo Gutierrez Labaye2024-11-02Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Verificado por: TrustindexLa insignia verificada de Trustindex es el símbolo universal de confianza. Solo las mejores empresas pueden obtener la insignia verificada si tienen una puntuación de revisión superior a 4.5, basada en las reseñas de clientes de los últimos 12 meses. Leer más
Preguntas frecuentes — Abogado Penal en Marbella
Respuestas claras según la legislación penal española
Estas FAQs están redactadas conforme al Derecho procesal y penal español (LECrim, Código Penal y Estatuto de la Víctima). Te orientan en decisiones urgentes tanto si eres investigado/detenido como si eres víctima.
Me acaban de detener en Marbella, ¿cuáles son mis derechos inmediatos?
Tienes derecho a guardar silencio, a asistencia letrada (entrevista reservada incluso antes de declarar), a intérprete, a comunicar la detención y a ser informado de los hechos. La detención policial no puede exceder, con carácter general, de 72 horas antes de ser puesto a disposición judicial. Todo ello está regulado en el art. 520 LECrim.
¿Qué es un “juicio rápido” y en qué casos se aplica?
Es un trámite acelerado para delitos flagrantes y tipologías concretas (por ejemplo, seguridad vial, hurtos, lesiones leves, allanamiento y usurpación, entre otros), siempre que la instrucción sea sencilla. Se regula en los arts. 795 y ss. LECrim.
¿Puedo alcanzar una “conformidad” y obtener rebaja de pena?
Sí. En el procedimiento abreviado (art. 787 LECrim) y en juicios rápidos (art. 801 LECrim) cabe sentencia de conformidad; en estos últimos, la práctica forense contempla rebaja significativa de la pena cuando concurren los requisitos legales. La conveniencia depende de la prueba y de las consecuencias (antecedentes, penas).
Soy víctima: ¿denuncia o querella? ¿Qué derechos tengo?
La denuncia comunica los hechos; la querella te permite personarte como acusación particular desde el inicio. Además, la Ley 4/2015 (Estatuto de la Víctima) reconoce derechos a información, protección, apoyo y participación durante todo el proceso, con acceso a Oficinas de Asistencia a las Víctimas.
¿Qué medidas cautelares pueden acordarse? ¿Y la orden de protección?
El juez puede imponer prohibición de acercamiento/comunicación, retirada de pasaporte, presentaciones periódicas o prisión provisional según la LECrim. Para supuestos de violencia doméstica o de género, la orden de protección (art. 544 ter LECrim) se decide en audiencia rápida (habitualmente en ≤72 horas desde la solicitud) y puede incluir medidas penales y civiles.
¿Qué plazos de prescripción tienen los delitos en España?
Dependen de la pena máxima asignada: en general, 20, 15, 10 o 5 años; los delitos leves prescriben al año (con particularidades). Reglas en art. 131 CP; el cómputo y sus interrupciones varían según el caso.
¿Cuándo y cómo puedo cancelar mis antecedentes penales?
Tras extinguir la pena y si no vuelves a delinquir durante los plazos del art. 136 CP (p. ej., 6 meses para penas leves, 2 años para ciertas penas ≤12 meses o por imprudencia, 3 años para otras menos graves <3 años, etc.). Se solicita ante el Ministerio de Justicia.
Valentuñana Abogados Penales en Marbella
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